Artículo publicado en la revista del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Cataluña, en noviembre de 2013, con motivo de la primera inclusión del acuerdo extrajudicial de pagos en la ley concursal, página 44

En ese momento concluimos que, pese a la voluntariosa desjudicialización por parte del legislador, de los acuerdos paraconcursales, la indisimulada desconfianza en el deudor, había llevado a crear una institución tanto o más farragosa que el propio procedimiento concursal.

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